CIRCULAR No. SDI – 1800 - 007 – 2013

Guadalajara de Buga, 27 de Marzo  de 2013

 

DE: ABOGADO - JULIAN ANDRES LATORRE HERRADA – Secretario de Desarrollo Institucional

 

PARA: SECRETARIOS DE DESPACHO –DIRECTORES DE OFICINAS -  ASESORES

 

ASUNTO: CUMPLIMIENTO JORNADA LABORAL

 

 

Muy comedidamente me permito recordarles que dentro del Manual de Funciones de los Secretarios de Despacho, Directores de Oficina y  Asesores, no existe la función de cambiar la jornada laboral, ya que esta es facultad exclusiva del Alcalde Municipal.

 

No obstante se les recuerda a los funcionarios de Carrera Administrativa, Provisionales, y Obreros que la jornada laboral es la siguiente:

 

Lunes a Jueves de 7:30 AM a 12:30 PM y 2:00 PM a 6:00 PM.

Viernes de 7:30 AM a 12:30 PM y 2:00 PM a 5:00 PM.

 

El incumplimiento injustificado a la Jornada Laboral acarrea consecuencias Disciplinarias de acuerdo a los preceptos de los  articulo 34 y 35 de la ley 734 de 2002, “Código Disciplinario Único”

 

Finalmente mencionar que la función de conceder permisos, licencias, y compensatorios  es de este despacho de acuerdo al Manual de Funciones Vigente, por lo cual no es posible que los Secretarios de Despacho, Directores de Oficina, y Asesores, expidan permisos a los funcionarios adscritos a cada secretaria.

 

Esperando que se respeten las directrices de horarios laborales que no es novedad si no histórico. 

 

Cordialmente,

 

JULIAN ANDRES LATORRE HERRADA   

Secretario de Desarrollo Institucional           

 

CC. Licenciado John Harold Suárez Vargas – Alcalde Municipal

CC. Abogado Jorge Humberto Vásquez Racines – Director Administrativo

CC. Abogado Carlos Mario Betancourt – Director Control Interno Disciplinario

CC. Abogado Humberto de Jesús Grisales Ochoa – Director de Control Interno